Despido Objetivo

¿QUÉ ES EL DESPIDO OBJETIVO?

El despido por causas objetivas es un procedimiento regulado en el Estatuto de los trabajadores, el cual posibilita la extinción del contrato de trabajo cuando concurren unas determinadas causas objetivas, determinando para el trabajador una indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

La gran mayoría de los contratos que se extinguen por causas objetivas tienen su justificación en motivos económicos, pero el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 52 establece que el contrato podrá extinguirse por las siguientes causas:

Causas relativas a la capacidad el trabajador:

  • Ineptitud conocida o sobrevenida
  • Falta de adaptación a las modificaciones técnicas.
  • Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes.

Causas relativas a la situación empresarial:

  • Causas económicas
  • Técnicas
  • Organizativas
  • Producción
imagen-asesoria-empresas-grupo-ronda
gruporonda-auditores-profesionales

Expertos Profesionales

gruporonda-auditores-experiencia

+30 años de experiencia

gruporonda-auditores-trato-personalizado

Atención Personalizada

gruporonda-auditores-satisfaccion-garantizada

Satisfacción Garantizada

TIPOS DE DESPIDO OBJETIVO

INEPTITUD DEL TRABAJADOR

Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa. La ineptitud existente con anterioridad al cumplimiento de un periodo de prueba no podrá alegarse con posterioridad a dicho cumplimiento.

Entendido como la falta de aptitudes o carencia de facultades profesionales para el desarrollo eficaz de su trabajo.

Esta falta de aptitudes no debe ser meramente circunstancial ni referida a alguno de los aspectos de su puesto de trabajo, sino de una manera general y directamente relacionada con las tareas encomendadas habituales.

Ejemplos de despido objetivo por ineptitud del trabajo serían una disminución no intencionada del rendimiento del trabajador o la retirada de su carnet de conducir, necesario para desempeñar un puesto como comercial o chófer.

FALTA DE ADAPTACIÓN

Por falta de adaptación a las modificaciones técnicas necesarias en su puesto de trabajo.

En estos casos el empresario deberá ofrecer al trabajador un curso dirigido a facilitar la adaptación a las modificaciones operadas. Este tipo de despido no podrá ser acordado por el empresario hasta que hayan transcurrido, al menos, dos meses desde que se introdujo la modificación o desde que finalizó la formación dirigida a la adaptación.

Al igual que en el caso anterior, este puesto debe ser el habitual que desarrolla el trabajador y que la modificación sea realmente sustantiva.

Ejemplos de despido objetivo por falta de adaptación a las modificaciones técnicas necesarias en su puesto de trabajo serían los sujetos a cambios tecnológicos debido a la informatización de procesos.

FALTAS DE ASISTENCIA

Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes.

Estas faltas deben alcanzar el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Lógicamente, no se computarán las ausencias por huelga general, ejercicio de representación legal, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales, etc.

CAUSAS RELATIVAS A LA SITUACIÓN EMPRESARIAL

Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Sin duda alguna, el más complejo de todos, y que puede estar sujeto a todo tipo de interpretaciones y/o manipulaciones por parte de las empresas, y donde los trabajadores pasan a formar parte de la parte más débil del proceso tras el Real Decreto-Ley 3/2012, 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

Según el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, se consideran:

Causas económicas:
Situación económica negativa, existencia de pérdidas actuales o previstas, disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas. Entendido como que la disminución debe ser durante tres trimestres consecutivos o que los resultados de cada trimestre son inferiores al registrado en el mismo trimestre del año anterior.

Causas técnicas:
Cuando se produzcan cambios a nivel de los medios y/o instrumentos de producción.

Causas organizativas:
Cuando se produzcan cambios a nivel organizativo y/o métodos de trabajo, modo de organizar la producción, etc.

Causas productivas:
Cuando se produzcan cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa ofrece.

¿CÓMO PROCEDER?

despido-objetivo-grupo-ronda-auditores-01

1. Comunicación escrita del despido al trabajador, mediante carta.

despido-objetivo-grupo-ronda-auditores-02

2. Indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un límite de 12 meses

despido-objetivo-grupo-ronda-auditores-03

3. Pre-aviso con 15 días de antelación

¿Tienes alguna duda?

Te asesoramos sin compromiso

    Este sitio está protegido por reCAPTCHA y la aplicación de la Política de privacidad y Términos del servicio de Google.

    Abrir chat
    ¡Hola!

    ¿Cómo podemos ayudarte?